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Acceso a la Universidad

Acceso desde el bachillerato

El 24 de noviembre de 2008 se publicó en el BOE el R.D.1892/2008, de 14 de noviembre por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a la Universidades públicas españolas, posteriormente la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo y la Orden EDU/268/2010 y el R.D. 558/2010 de 7 de mayo, modifica el R.D. anterior. En ellos se establecen los procedimientos de acceso a la universidad por diferentes vías, y en particular, para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller mediante una prueba de acceso.

Prueba

Consta de dos fases denominadas fase general y fase específica.

Fase general

Tiene por objeto valorar la madurez y destrezas básicas que debe alcanzar el alumnado al finalizar el bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias oficiales de grado. Constará de los ejercicios siguientes:

  • Comentario de un texto de Lengua Castellana y Literatura.
  • Comentario de un texto de Lengua Vasca y Literatura.
  • Una materia común a elegir entre Historia de la Filosofía o Historia.
  • Lengua Extranjera. Tendrá como objetivo valorar la comprensión oral y lectora y la expresión escrita.
  • Una materia de modalidad de 2º de bachillerato, elegida libremente

La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media.

Cada uno de los ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios, con 3 cifras decimales.

Fase específica

De carácter voluntario, tiene por objeto la evaluación de los conocimientos y la capacidad de razonamiento en unos ámbitos disciplinares concretos relacionados con los estudios que se pretenden cursar y permite mejorar la calificación obtenida en la fase general. Cada estudiante se podrá examinar de cualquiera de las materias de modalidad de segundo de bachillerato distinta a la materia elegida en la fase general, con un máximo de cuatro.

Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración de hora y media.

Cada una de las materias se calificará de 0 a 10 puntos. Sólo se tendrá en cuenta con una calificación igual o superior a 5.

El alumnado indicará en el momento de la inscripción, a través de su centro de enseñanza secundaria,  las asignaturas de las que se examinará en la parte general, y las de la parte específica en caso de que se examine de esta segunda parte.

Los ejercicios de una materia de modalidad de segundo de bachillerato serán los mismos en la fase general y la específica. Presentarán dos opciones diferentes entre las que se elegirá una; estas dos opciones serán en todo caso cerradas.

Superación de la prueba

Se considerará que un estudiante ha superado la prueba cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60% de la nota media de bachillerato y el 40% de la calificación de la fase general, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase general.

Mejora de nota

El alumnado podrá presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación de la fase general o de cualquiera de las materias de la fase específica. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior. La superación de la fase general tendrá validez indefinida; la de la fase específica tendrá la validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a la superación de las mismas.

Revisión de calificaciones

Cada estudiante podrá, sobre la calificación otorgada tras la primera corrección, presentar ante la presidencia del Tribunal la solicitud de una segunda corrección de los ejercicios en los que se considere incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección y calificación o la solicitud de reclamación ante la Comisión Organizadora en cuyo caso quedará excluida la posibilidad de solicitar la segunda corrección. El plazo de presentación de estas solicitudes será de tres días hábiles, contado a partir de la fecha de la publicación de las calificaciones.

Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo hayan sido con una correcta aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en el proceso del cálculo de la calificación final.

Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de segunda corrección serán corregidos por un profesor especialista distinto al que realizó la primera corrección. La calificación será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las dos correcciones. En el supuesto de que existiera una diferencia de dos o más puntos entre las calificaciones, un tribunal distinto efectuará, de oficio, una tercera corrección. La calificación final será la media aritmética de las tres calificaciones. Este procedimiento deberá efectuarse en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización del plazo establecido en el punto anterior. Sobre la calificación otorgada tras el proceso de doble corrección establecido en el párrafo anterior, se podrá presentar reclamación ante la comisión organizadora, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha en que se haga pública la calificación sobre la que se vaya a formular la reclamación. El estudiante tendrá derecho a ver el examen corregido una vez finalizado en su totalidad el proceso de corrección y reclamación establecido en el plazo de 10 días.

La Comisión Organizadora adoptará las resoluciones que establezcan  formalmente las calificaciones definitivas de los ejercicios cuya corrección hubiera sido recurrida, y de acuerdo con lo previsto  en los puntos anteriores, las notificará  a los reclamantes. Las resoluciones respectivas pondrán fin, en cada caso, a la vía administrativa.

Nota de admisión a la enseñanzas universitarias

Para la adjudicación de las plazas a Grados en que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, se utilizará la nota de admisión, definida por la siguiente fórmula:

Nota de admisión = 0,6* NMB + 0,4* CFG + a* M1 + b* M2
NMB = Nota media del bachillerato
CFG = Nota de la fase general
M1, M2 = Calificaciones de las materias superadas en la fase específica que den lugar a la nota más alta
a , b = Parámetros de ponderación de las materias de la fase específica.

Estos parámetros, en la UPV/EHU son los determinados en los cuadros anteriores.

Fecha de la última modificación: 20/04/2012