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Acceso a la Universidad

Tasas

Los Precios Públicos para el curso 2010/2011 se han publicado en el B.O.P.V. de 9 de Julio 2010 (pdf, 525 Kb), regulados en la Orden de 25 de Junio de 2010.

Prueba de acceso a la Universidad
ORDINARIA: 63,99 €
FAMILIA NUMEROSA CAT. GRAL.: 32 €

Los estudiantes y las estudiantes con discapacidad o minusvalía en grado igual o superior al 33%, declarada por órgano competente, tendrán derecho a la exención total de tasas en los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios.

Cuando en las familias de los y las estudiantes, es decir, padres, madres, hermanos o hermanas y quienes hubieran sido acogidos o acogidas legalmente por ellas, haya algún miembro discapacitado o minusválido en grado igual o mayor al 65%, tendrán derecho a la exención total de tasas en los estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios.

Las víctimas de un acto terrorista, su cónyuge, hijos y quienes hubieran sido acogidos legalmente por ellas estarán exentos de todo tipo de precios públicos por prestaciones de servicios académicos universitarios en los centros públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Las víctimas de violencia de género y sus hijos o hijas estarán exentos de todo tipo de precios públicos por prestaciones de servicios públicos universitarios siempre y cuando acrediten esta condición mediante sentencia judicial, orden de protección dictada a favor de la víctima o informe de los servicios sociales de base o especializados que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Tanto la sentencia, la orden como el informe tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.

El alumnado menor de 28 años y perteneciente a familias monoparentales deberá abonar el 50% de los precios públicos por servicios académicos universitarios. A estos efectos se entenderá por familia monoparental la constituida por un solo progenitor o progenitora con dos hijos o hijas menores de 28 años a su cargo, siendo este progenitor o progenitora el sustentador o sustentadora única. Las personas pertenecientes a familias monoparentales presentarán una declaración jurada de monoparentalidad en la que se indique esta situación, junto con un certificado de convivencia.

Fecha de la última modificación: 18/02/2011